Respuesta rápida: código NC e importación
Conclusion condicionada: las capsulas, comprimidos, polvos o liquidos dosificados destinados a complementar la dieta suelen examinarse en NC 2106 90 92 o 2106 90 98, segun los porcentajes de grasa lactea, sacarosa, isoglucosa, glucosa y almidon. Como referencia, el derecho de terceros paises suele ser 12,8% para 2106 90 92 y 9% mas el posible elemento agricola para 2106 90 98; debe verificarse el TARIC de la fecha de despacho. El IVA general espanol es 21%, salvo que el producto concreto cumpla legalmente un tipo reducido. Antes de comercializarlo debe efectuarse la comunicacion obligatoria ante la autoridad competente. Bebidas listas para consumo, concentrados proteicos, extractos simples, sustancias aisladas o medicamentos pueden clasificarse fuera de 2106.
| Presentacion | Codigo candidato | Comprobacion decisiva |
|---|---|---|
| Capsula, comprimido o polvo compuesto | 2106 90 92/98 | Composicion cuantitativa |
| Concentrado proteico | 2106 10 | Caracter proteico |
| Bebida lista para beber | 2202 | Forma de consumo al importar |
| Producto terapeutico | Capitulo 30 candidato | Funcion y presentacion medicinal |
Clasificación NC y TARIC
Las reglas generales 1 y 6 exigen estudiar formula completa, azucares, leche, almidon, proteina, alcohol, proceso, dosis diaria, uso, alegaciones y envase. La partida 2106 es residual. Un extracto vegetal puede conservar el caracter de 1302, una vitamina aislada corresponder al capitulo 29 y una bebida a 2202. Los surtidos se analizan conforme a la regla 3. La clasificacion declarada por el proveedor extranjero no vincula a la aduana de la Union; una IAV resulta aconsejable en operaciones repetitivas.
Arancel, origen e IVA
El derecho definitivo depende del codigo TARIC completo, la composicion, el origen y la fecha. La preferencia de un acuerdo exige origen calificante, transporte y prueba validos. Pueden existir componentes agricolas, derechos adicionales o medidas de defensa comercial. El IVA a la importacion se calcula sobre la base prevista por la normativa tributaria, normalmente incluyendo valor en aduana, arancel y determinados gastos. El levante aduanero no equivale a conformidad sanitaria ni autoriza las alegaciones comerciales.
Marco alimentario aplicable
La Directiva 2002/46/CE y el Real Decreto 1487/2009 regulan los complementos alimenticios, junto con los Reglamentos 178/2002, 852/2004 y 1169/2011 sobre seguridad, higiene, trazabilidad e informacion. El operador responsable debe estar registrado cuando proceda, disponer de autocontrol basado en APPCC y poder retirar o recuperar lotes. Un complemento no puede atribuirse propiedades de prevenir, tratar o curar enfermedades; tal presentacion puede activar la legislacion de medicamentos.
Novel Food e ingredientes
Cada planta, extracto, microorganismo y sustancia debe cotejarse con el Reglamento 2015/2283 y la lista de la Union de nuevos alimentos. Si no se acredita consumo significativo en la UE antes del 15 de mayo de 1997, puede ser necesaria autorizacion previa. Tambien se revisan fuentes autorizadas de vitaminas y minerales, Reglamento 1925/2006, aditivos, contaminantes, residuos y limites nacionales. La venta legal en Estados Unidos, Asia u otro mercado no prueba por si sola la legalidad en Espana.
Notificación en España
La empresa responsable debe notificar la puesta en el mercado nacional del complemento alimenticio a la autoridad competente, acompañando un ejemplar de la etiqueta, conforme al Real Decreto 1487/2009. Debe determinarse si la comunicacion corresponde a AESAN o a la comunidad autonoma segun el domicilio y el supuesto. La notificacion no constituye autorizacion, ni sanea un ingrediente, dosis o alegacion ilegal. Cambios sustanciales de formula, denominacion o etiqueta deben evaluarse y comunicarse segun corresponda.
Control de importación
Los controles oficiales se aplican en funcion del riesgo conforme al Reglamento 2017/625. Ingredientes animales, especies CITES o combinaciones producto-origen sujetas a control reforzado pueden requerir puesto de control fronterizo, TRACES NT, DSCE y certificado oficial. Otros alimentos tambien pueden ser inspeccionados o muestreados en frontera y mercado. El importador debe verificar fabricantes, especificaciones, microbiologia, contaminantes, estabilidad, autenticidad y trazabilidad por lote.
Etiquetado y declaraciones
La etiqueta en castellano debe incluir la denominacion 'complemento alimenticio', categorias de nutrientes o sustancias, porcion diaria recomendada, advertencia de no superarla, declaracion de que no sustituye una dieta variada y mantenimiento fuera del alcance de los ninos, ademas de las menciones del Reglamento 1169/2011. Las declaraciones nutricionales y saludables solo son validas si cumplen el Reglamento 1924/2006 y el registro de la UE. La web, marketplaces, redes e influencers forman parte de la presentacion evaluable.
Expediente recomendado
El expediente debe reunir factura, packing list, transporte, valor y origen, formula cuantitativa, analisis, especificacion, etiqueta, estudio Novel Food, prueba de notificacion, APPCC/proveedor y certificados veterinarios o CITES cuando apliquen. Descripcion propuesta: 'Complemento alimenticio en capsulas, mezcla de vitaminas y extractos vegetales, 60 capsulas por frasco, codigo NC candidato 2106 90 92, origen...'. No debe usarse solo 'producto de salud'. Formula y documentacion aduanera deben coincidir.
Fuentes oficiales
Fuentes oficiales consultadas el 12/09/2026: AESAN, complementos alimenticios, BOE, Real Decreto 1487/2009, Comision Europea, complementos alimenticios, catalogo Novel Food, registro de alegaciones y clasificacion TARIC.
Límites del análisis
Este contenido es orientacion general condicionada, no IAV, autorizacion Novel Food ni aceptacion de una notificacion. La conclusion final requiere formula cuantitativa, analiticas, proceso, dosis, etiqueta y publicidad completas, fabricante, origen, lugar de primera comercializacion y fecha de importacion. Importador y operador alimentario conservan la responsabilidad sobre clasificacion, valor, origen, seguridad, notificacion, etiquetado, declaraciones, trazabilidad y retirada.
